5 condiciones básicas que debes tener para tu asesora puertas adentro


5 condiciones básicas que debes tener para tu asesora puertas adentro

En una casa grande, donde la mayoría de los adultos trabajan y no hay tiempo para los quehaceres domésticos, contratar una empleada es de gran ayuda. Cuando se trata de escoger a nuestra asesora del hogar puertas adentro, la decisión no es fácil. Queremos que sea amable, eficiente y responsable, que cuide con cariño y dedicación a nuestros hijos.

 

Sin embargo, muchas veces no nos preguntarnos qué esperan ellas de nosotros, razón por la cual se tramitó en el congreso la nueva ley de trabajadoras de casa particular, que hace poco entró en vigencia. Entre las consideraciones que exige esta legislación, podemos mencionar las siguientes:

 

  1. El empleador de una asesora puertas adentro debe suscribir un contrato que indique el tipo de trabajo a realizar y el domicilio en que se prestará el servicio. Todos aquellos documentos que sean pactados y modificados desde el 1 de enero de 2015 en adelante, deberán ser ingresados y registrados en la Dirección del Trabajo (DT). Las modificaciones que se apliquen deben ser previamente conversadas entre las partes, haciéndose efectivas por medio de un anexo de contrato, el cual irá firmado por ambas partes y será registrado en la D.T.
  2. Si bien no hay horarios de trabajo definidos, hay mayor claridad respecto a los descansos: una asesora del hogar puertas adentro debe tener un mínimo de descanso de 12 horas diarias, que serán fraccionados en 9 horas de descanso absoluto (usualmente durante la noche) y 3 horas durante la jornada, en que se cuentan los tiempos de comidas. El domingo estará destinado irrenunciablemente al descanso, pero los sábados pueden ser pactados entre las partes, acumulándose o intercambiándose por otros días de la semana. Ahora, con respecto a las vacaciones, éstas serán de 15 días hábiles al año y, luego de cumplidos 10 años, se sumará 1 día de vacaciones adicional por cada tres años posteriores.
  3. La remuneración de una asesora del hogar puertas adentro debe ser fijado por un acuerdo entre ella y el empleador, pero no puede ser por un monto inferior al sueldo mínimo. Cada vez que la empleada sea remunerada, el o la dueña de casa deberá emitir un comprobante con todos los descuentos legales que se le hagan. Sin embargo, no se le podrán incluir en estos descuentos los gastos de alimentación y alojamiento, ya que éstos deben correr por parte del empleador.
  4. Hace un tiempo causó polémica la imagen de empleadas domésticas vistiendo su delantal de trabajo en plena playa durante el veraneo de sus jefes. Pues bien, a ninguna asesora puertas adentro se le podrá exigir actualmente usar uniformes, vestimentas o distintivos de trabajo en lugares públicos, como plazas, parques, restaurantes, etc.
  5. Los empleadores deberán estar dispuestos a recibir una fiscalización de la Dirección del Trabajo. Éstos empleados públicos llevan consigo una credencial, cuya identidad es verificable a través de su RUT en el sitio web de la DT. De no poder o de no querer recibirlo en su casa, el empleador debe estar dispuesto a presentar la documentación presencialmente, en las oficinas de la DT.

 

Estas nuevas modificaciones sin duda significan un gran avance en cuanto a los derechos laborales de estas trabajadoras, reconociendo la gran labor que desempeñan en los hogares chilenos.


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