
Contar con una Asesora del Hogar Puertas Adentro es fundamental en los hogares donde la mayoría de los adultos trabajan y no hay tiempo suficiente para los quehaceres domésticos. Este apoyo en casa es una gran ayuda para mantener el orden y el bienestar familiar. Al momento de escoger a nuestra nanita o asesora, la decisión no es fácil: queremos que sea amable, eficiente y responsable, que cuide con cariño y dedicación a nuestros hijos y mantenga el hogar en armonía.
Sin embargo, muchas veces no nos preguntamos qué esperan ellas de nosotros. Por esta razón se tramitó en el Congreso la nueva Ley de Trabajadoras de Casa Particular, que hace poco entró en vigencia y establece una serie de derechos y obligaciones tanto para empleadores como para trabajadoras.
El empleador de una Asesora del Hogar Puertas Adentro debe suscribir un contrato que indique el tipo de trabajo a realizar y el domicilio en que se prestará el servicio. Todos los contratos y modificaciones pactados desde el 1 de enero de 2015 en adelante deben ser ingresados y registrados en la Dirección del Trabajo (DT).
Cualquier cambio debe ser previamente conversado entre las partes y formalizado mediante un anexo de contrato, firmado por ambas y registrado también en la DT.
Aunque no existen horarios estrictamente definidos, la ley entrega mayor claridad sobre los descansos: una asesora del hogar puertas adentro tiene derecho a un mínimo de 12 horas de descanso diario, divididas en 9 horas de descanso absoluto (generalmente durante la noche) y 3 horas distribuidas durante la jornada, que incluyen los tiempos de comida.
El domingo es un día de descanso irrenunciable, mientras que los sábados pueden ser pactados entre las partes, acumulándose o intercambiándose por otros días de la semana.
En cuanto a las vacaciones, corresponden a 15 días hábiles al año, y después de 10 años de servicio, se suma 1 día adicional por cada tres años posteriores.
La remuneración de una Asesora del Hogar Puertas Adentro debe ser acordada entre ella y el empleador, pero nunca inferior al sueldo mínimo legal. Cada vez que la trabajadora sea remunerada, el empleador debe emitir un comprobante con todos los descuentos legales correspondientes.
Es importante destacar que no se pueden descontar los gastos de alimentación ni de alojamiento, ya que estos deben ser cubiertos por el empleador.
Hace un tiempo causó polémica la imagen de empleadas domésticas vistiendo delantal en lugares públicos durante el veraneo de sus jefes. Actualmente, ningún empleador puede exigir que la asesora del hogar use uniforme en espacios públicos, como playas, restaurantes, parques o plazas.
Los empleadores deben estar dispuestos a recibir una fiscalización de la Dirección del Trabajo. Los funcionarios encargados de estas visitas cuentan con una credencial verificable mediante su RUT en el sitio web de la DT.
Si el empleador no puede o no desea recibir la fiscalización en su domicilio, debe estar dispuesto a presentar la documentación de forma presencial en las oficinas de la Dirección del Trabajo.
Estas nuevas modificaciones representan un gran avance en el reconocimiento de los derechos laborales de las trabajadoras de casa particular, especialmente de las Asesoras del Hogar Puertas Adentro, valorando la importante labor que desempeñan en miles de hogares chilenos.
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